El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), con sede en Luxemburgo, declaró el 4 de junio de 2026 que los recortes de prestaciones a solicitantes de asilo en Alemania cuya solicitud de protección corresponde a otro Estado miembro son contrarios a la normativa de la UE.

Una sentencia que corrige al Gobierno federal

La sentencia, con número de referencia C-621/24, fue dictada a raíz de una cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Federal de lo Social de Alemania (Bundessozialgericht) y se refiere a un caso originado en el distrito bávaro de Schweinfurt, donde un ciudadano afgano vio reducidas sus prestaciones tras serle denegada la solicitud de asilo en Alemania. La decisión corrige, además, lo que el propio tribunal luxemburgués considera una interpretación jurídica errónea del Gobierno federal alemán.